El Tribunal británico de Apelación confirmó este viernes la legislación que permite el aborto de fetos con síndrome de Down hasta el momento del nacimiento, tras rechazar un recurso presentado por una mujer que sufre ese trastorno genético y una madre de un niño que también lo padece.
Si bien en Inglaterra, Gales y Escocia la actual legislación permite abortar siempre que se haga dentro de las primeras 24 semanas del periodo de gestación, la ley también permite el aborto hasta el momento del nacimiento cuando existe un «riesgo sustancial», «si el niño que naciera sufriese de anomalías físicas o mentales o tuviera minusvalías graves», que incluyen el síndrome de Down.
El pasado septiembre jueces británicos se comprometieron a hallar un equilibrio entre los derechos del nonato y los de la mujer y este caso en concreto se contempló en una audiencia judicial celebrada el pasado julio.
Según determinaron hoy los magistrados de la Corte de Apelaciones, la legislación no interfiere con los derechos de los «incapacitados que están vivos».
Al rechazar el recurso de esa mujer, los jueces admitieron que «esta corte reconoce que mucha gente con síndrome de Down y otras discapacidades se sentirán disgustadas y ofendidas por el hecho de que este diagnóstico de discapacidad grave durante el embarazo se contemple por la ley como justificación para el aborto, y que podrían considerarlo como que implica que sus propias vidas valen menos»
La mujer, que no descarta elevar su caso hasta el Tribunal Supremo, máxima instancia judicial del país, aseguró que seguirá «luchando» por esta causa al considerar que ya ha logrado «informar y cambiar los corazones y mentes y cambiado las opiniones de la gente sobre la ley».