La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró un predio afectado por tala de vegetación de manglar en la zona hotelera de Cancún, municipio de Benito Juárez, Quintana Roo.

Derivado de un reporte realizado por personal de la Dirección General de Ecología Municipal de Benito Juárez, personal de Profepa llevó a cabo las diligencias de identificación de las especies y estimación de los daños ocasionados por tala y poda de ejemplares de flora silvestre.

Los inspectores de esta procuraduría documentaron que hubo actividades de poda y tala de la vegetación de mangle botoncillo (Conocarpus erectus) y Mangle blanco (Laguncularia racemosa), ambas especies en estatus de riesgo y listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo la categoría de Amenazada (A); así como de otras especies, tales como siricote (Cordia dodecandra) y uva mar (Coccoloba uvifera).

Dichas actividades se realizaron sin contar con la autorización correspondiente que emite la Semarnat, como autoridad federal normativa competente.

Las acciones ilícitas se llevaron a cabo de forma manual, utilizando como herramientas un machete y una motosierra en una superficie de 425 metros cuadrados en Zona Federal Marítimo Terrestre y al margen de la Laguna Nichupté.

Por lo anterior, y con base en la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), se impuso como medida de seguridad la clausura temporal total de la superficie mencionada, que se localiza a la altura del kilómetro 5.5 del Boulevard Kukulcán, de la Zona Hotelera de Cancún, al margen de la Laguna Nichupté, municipio de Benito Juárez, en Quintana Roo, levantándose el acta circunstanciada correspondiente por daño o deterioro grave a la vida silvestre o a su hábitat.

Con el apoyo y coadyuvancia de la Policía Turística Municipal de Cancún, se puso a disposición en primera instancia de la Fiscalía del Estado de Quintana Roo a cinco personas del sexo masculino por la tala y poda a ejemplares de flora silvestre, consistente en mangle botoncillo (Conocarpus erectus) y Mangle blanco (Laguncularia racemosa).

De acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre, su reglamento y las disposiciones de las normas oficiales, las violaciones cometidas podrán ser sancionados con una multa por el equivalente de 50 a 50 mil días de la Unidad de Medida y Actualización vigente en la Ciudad de México y conforme a lo previsto en el artículo 418 del Código Penal Federal.

Estas conductas también pueden derivar en un delito penal y se podrá imponer una pena de seis meses a nueve años de prisión.

Los ejemplares de mangle botoncillo (Conocarpus erectus) y mangle blanco (Laguncularia racemosa) son especies de gran importancia ecológica, pues protegen las costas ante fenómenos meteorológicos adversos, como son los huracanes, lo que evita riesgos en la integridad de las personas y de su patrimonio.

La Profepa reafirma su compromiso con la protección de los ecosistemas de México y su biodiversidad, y exhorta a la población a participar mediante la denuncia de ilícitos ambientales a través del número 800 PROFEPA (7763372), por correo electrónico [email protected]; o en los módulos de atención ciudadana.