Fritos-Lay, filial de PepsiCo en Estados Unidos, obtuvo un amparo provisional en México para poder hacer campañas publicitarias en sus productos con etiquetado de advertencia, con lo que la empresa podrá usar a celebridades, influencers, deportistas, animaciones, mascotas o elementos interactivos, sin restricciones, incluso en productos infantiles, alertó El Poder del Consumidor.
“Lo que argumentó el juez es que las medidas de publicidad no tienen una relación con las medidas de salud pública, que es la alimentación y el derecho a la salud de la niñez. Además de que alega de presunción de que se violan los derechos de las empresas”, explicó Javier Zúñiga, coordinador del área legal de la organización.
El pasado 8 de marzo de 2023 entró en vigor una modificación al reglamento en materia de publicidad de la Ley General de Salud, que en particular prohíbe el uso de personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos (por ejemplo, juegos visuales-espaciales o descargas digitales) que promuevan o fomenten el consumo, la compra o la elección del producto con etiquetas de productos dirigidos a los niños que contengan sellos de advertencia y/o declaraciones de precaución.
“No hemos podido intensificar muchos amparos, sabemos que hay algunos en Ciudad de México y Jalisco, pero este de Fritos Lay es el más relevante, porque es el único donde un juez de primera instancia les concedió suspensión”, declaró Zúñiga.
El juez que otorgó la medida precautoria a la empresa dueña de la marca Sabritas fue Francisco Rebolledo del juzgado 6 de Distrito en materia administrativa de la Ciudad de México.
Zúñiga actualizó que para la NOM 051 del etiquetado de advertencia y prohibición de personajes dirigidos a la niñez, solo hay cinco solicitudes de amparo que corresponden a Herdez, Nestlé, Barrilitos, Santa Clara, y el grupo empresarial ConMéxico, los cuales están pendientes de resolución en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).