El día de hoy la Jueza Cuarto Distrito en materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, dictó una sentencia dentro del amparo 1587/2023, que prohíbe de manera definitiva el uso de fuegos artificiales en el municipio de Tehuacán, Puebla, los cuales no podrán ser usados ni en eventos oficiales ni privados.
Esta es la primera sentencia en su especie en México y en América Latina, pues reconoce la prohibición de la pirotecnia “por ocasionar lesiones al medio ambiente, a la salud y a los animales”.
Además ordena que implementen medidas efectivas para cumplir dicha prohibición y sancionar a quienes hagan uso de fuegos pirotécnicos.
El amparo fue promovido por la asociación ambientalista “TAC Una Protección al Entorno ” en contra del gobierno municipal que encabeza Pedro Tepole Hernández, siendo los representantes legales el colectivo “Círculo de Amparo”.
En entrevista, Catalina Aguilar Delgado representante de “TAC Una Protección al Entorno” mencionó que “esta sentencia es histórica ya que es un empoderamiento a los ciudadanos de Tehuacán en defensa de los
derechos humanos, como lo es el Derecho a un ambiente sano para personas de la tercera edad, mujeres embarazadas, recién nacidos,
autistas, personas enfermas o animales, así como para todos los ciudadanos que vivan en el municipio”.
Además agregó que esta sentencia “es una muestra de que, los políticos y funcionarios públicos nunca estarán por encima de la ley mientras exista solidaridad, apoyo y compromiso por parte de miles de ciudadanos tehuacaneros que están en contra de la
pirotecnia.”
El abogado David Maldonado, Presidente de “Círculo de Amparo” señaló que “este caso es un ejemplo de cómo las autoridades violan la
Constitución y la ley, de cómo simulan hacer su trabajo, pero sobre todo de cómo la ciudadanía organizada y valiente puede vencer la indiferencia y la soberbia política.»
Por su parte, el abogado Iván Ruíz, también miembro del Círculo de Amparo señaló “Es una sentencia muy interesante, porque reconoce que la pirotecnia es un acto que atenta contra el medio ambiente sano y la integridad de los seres vivos.
La justicia transgeneracional exige que las expresiones culturales de las generaciones pasadas y presentes no comprometan a las generaciones futuras.”.
Cabe recordar que gracias a este amparo se cancelaron los fuegos pirotécnicos que tendrían lugar la noche del 15 de septiembre de 2023 en Tehuacán, Puebla, así como en sus juntas auxiliares.
Con esta sentencia del Poder Judicial de la Federación en el Estado de Puebla, el gobierno actual de Pedro Tepole y los gobiernos que vengan están obligados a vigilar que en el municipio de Tehuacán, no se haga uso de fuegos pirotécnicos, esto para garantizar la protección al medio ambiente sano y a la salud de los ciudadanos.