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En ocasión del 17 aniversario de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), que se conmemoró el primero de febrero, María Elisa Franco Martín del Campo, académica del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, afirma que la agresión contra ellas es la violación a los derechos humanos más común y extendida en el mundo.

Frente a un Estado donde en la mayoría de los casos no se previene y tampoco se investiga ni se sancionan los delitos, al igual que la vulneración a las garantías inalienables en general, ni el abuso en contra de ellas, en particular, poco impacto tiene el aumento de las sanciones, manifiesta la universitaria.

“Esa no es la respuesta, no es la salida. Para encarar este grave problema tenemos que apostar por un cambio cultural, de educación, y a que realmente se aplique el Estado de derecho, que se investigue y haya consecuencias cuando alguien violenta o toma la vida de las mujeres”, agrega en entrevista.

Y advierte que ahí se encuentra la disuasión de los delitos. La raíz del problema es la impunidad. Cultural y socialmente se ha aceptado y se ha visto como “algo tolerable”.

Durante generaciones, prosigue, ellas han padecido hostigamiento, pero lo mantenían en silencio. Hoy, por fortuna, estamos en otro momento, pero nos falta mucho por avanzar hasta erradicar la violencia de género.

En México, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021, de 50.5 millones de mujeres de 15 años y más 70.1 por ciento ha experimentado, al menos, una situación de violencia a lo largo de la vida.

La psicológica fue la de mayor prevalencia (51.6 por ciento), seguida de la sexual (49.7 por ciento); física (34.7 por ciento); y económica, patrimonial y/o discriminación (24.4 por ciento). El fenómeno se registró más en el Estado de México (78.7 por ciento); Ciudad de México (76.2 por ciento); y Querétaro (75.2 por ciento). Las entidades con menor prevalencia fueron Tamaulipas (61.7 por ciento); Zacatecas (53.9 por ciento); y Chiapas (48.7 por ciento).

A lo largo de la vida, ellas padecen más vulneraciones en los ámbitos comunitario (45.6 por ciento); relación de pareja (39.9 por ciento); espacio escolar (32.3 por ciento); y laboral (27.9 por ciento).

Garantista

Aunque contar con la Ley General no cambia la realidad, significa un avance, un primer paso estratégico para modificarla. Esos actos no han desparecido; por el contrario, aumentaron durante la pandemia, estima la investigadora.

Sin embargo, “traza una ruta y, me atrevo a decir, una esperanza para que en el país mujeres y niñas podamos vivir sin violencia”, enfatiza Franco Martín del Campo.

En este contexto, recuerda que además de la LGAMVLV -publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de 2007- se cuenta con la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, también conocida como la Convención de Belém Do Pará.

Este fue el primer instrumento jurídico en reconocer, como un tratado internacional, el derecho humano de ellas a una vida libre de violencia. “Antes de que los movimientos feministas lograran esta conquista desde el ámbito jurídico, ese se veía como un tema que importaba solo a quien lo padecía”.

Cuando se reconoció como un derecho humano, implicó que el Estado tiene la obligación de prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia en cualquier ámbito que ocurra.

La Ley, detalla la experta, es incluso más garantista, ya que reconoce como fuente de violencia las acciones, conductas y omisiones. “Es una conquista de muchas feministas que en el Congreso lograron consensos, para que se reconocieran los elementos que ya teníamos en la Convención, de la cual el Estado mexicano era parte”.

Se trata, explica María Elisa Franco, de un cuerpo normativo importante, que ha incorporado “de manera articulada los tipos y modalidades de violencia que enfrentamos en los distintos espacios y momentos de nuestra vida”.

La Convención fue aprobada en 1994 y la LGAMVLV en 2007. “Estamos ante una conmemoración -no una celebración, porque es positivo tener esta norma-, pero tenemos mucho camino por andar para que esta Ley sea efectiva”.

Apunta que a los tres tipos de agresión reconocidos por la Convención (física, psicológica y sexual), la Ley General sumó la económica y la patrimonial, lo cual representa un avance sustancial para el efectivo goce del derecho humano a una vida libre de violencia.

La Convención reconoce, de manera general, el ámbito público o privado, en tanto que en la Ley se estableció el familiar, laboral, docente (es de destacar el trabajo realizado por nuestra Universidad para erradicar la violencia en sus espacios), y comunitario; al igual que la violencia feminicida como la forma más extrema de agresión. Se agregaron otras modalidades como la mediática y la política.

Esa legislación, añade Franco Martín del Campo, incluye las alertas de violencia de género, mecanismo de protección único en el mundo, que consiste en un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida o existencia de un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de sus garantías fundamentales en un municipio o entidad federativa.

La Ley General es un cuerpo normativo esencial que también enfrenta desafíos, por ejemplo no incluye la agresión obstétrica, que sí se reconoce en leyes locales, como la Constitución de la Ciudad de México.

Para que esta normativa realmente las proteja en todas las esferas, también debe incorporar la simbólica, entendida como la raíz de todas las violencias, en la cual se manifiestan estereotipos, prejuicios o roles que mantienen la idea equivocada de que “somos inferiores a los hombres, de subordinación, generada por el patriarcado”. En Oaxaca ya se incorporó a la legislación local, acota.

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Por Veral

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