Oscar Mauricio Céspedes Peregrina, diputado local por el distrito 13 y Presidente de la Primer Mesa Directiva de la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Puebla presentó la iniciativa de Ley que contempla adicionar al artículo 407 Ter del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Puebla, sanciones a quienes ayuden a ocultar, evadir y adquirir bienes con el objeto de evitar el incumplimiento del pago de alimentos.
Esta modificación tiene por objeto tipificar como delito la ayuda a deudores alimentarios, cuando estos ya saben que existe un procedimiento en su contra, con sanciones de uno a cinco años de prisión y multa de cien a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Esta propuesta no solo busca castigar, sino también educar a los miembros de la familia sobre la importancia de cumplir con las obligaciones alimentarias y el impacto que su incumplimiento tiene en la vida de los más vulnerables. Además, se envía un mensaje claro sobre la seriedad del incumplimiento y se establece un precedente legal que puede disuadir futuras conductas similares.
El establecer sanciones en el Código Penal del Estado para parientes que ayuden a deudores alimentarios a ocultar, cambiar de nombre o vender bienes es una medida necesaria y urgente. No solo protege los derechos fundamentales de los menores y dependientes, como el interés superior del menor, sino que también fortalece el marco legal existente, promueve la responsabilidad familiar y actúa como un disuasivo contra la evasión.
La familia debe ser un pilar fundamental en el cumplimiento de las obligaciones alimentarias, sin embargo, cuando algunos miembros actúan como cómplices en lugar de apoyar a quienes necesitan ayuda, se socavan los valores familiares esenciales. Al establecer sanciones para aquellos que ayudan a deudores alimentarios, se promueve una cultura de responsabilidad y solidaridad dentro del núcleo familiar.
