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La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, revocó parcialmente la providencia emitida por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN), por la que se designó las candidaturas a diputaciones locales e integrantes de los ayuntamientos para el proceso electoral local 2020-2021 en Puebla.

Al dictar sentencia en el juicio SCM-JDC-534/2021 y acumulados, en plenitud de jurisdicción, el Pleno señaló que la providencia no establece los motivos que llevaron a realizar tales designaciones, con lo cual, se deja en estado de indefensión a las personas que se registraron como aspirantes a una candidatura, puesto que no tienen conocimiento de si fueron considerados en el procedimiento y, en su caso, por qué no se les designó.

Se determinó también que, al resultar la providencia como la determinación final sobre cada una de las candidaturas, sí debe constar por escrito y estar debidamente fundada y motivada, al estar de por medio el ejercicio del derecho político-electoral a ser votadas de las personas que hubieran pretendido obtener una candidatura.

En consecuencia, se revocó parcialmente la providencia para que se emita una nueva en la que, entre otras cosas, se explique las circunstancias especiales o las causas inmediatas tomadas en consideración, la cual podrá ser por cada cargo o bien por un conjunto de cargos, razonando adecuadamente -de ser el caso- el criterio adoptado.

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