Comparte:

La Presidenta de la Mesa Directiva del Congreso de Puebla, Nora Merino Escamilla, pide que las ambiciones personales para cobrar el alumbrado en la capital poblana, no afecten a la ciudadanía y que las prisas junto a la ignorancia no provoquen el caer en actos ilegales y en desacato con la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 “Las ambiciones producen un daño al patrimonio de quienes representamos y sobre todo, que no se pretendan justificar los errores cometidos llevándolos al campo de lo político”, sentenció.

La diputada Merino Escamilla, calificó como desafortunadas las declaraciones de la alcaldesa capitalina Claudia Rivera Vivanco, junto a miembros del cabildo, ante la pretensión de cobrar el alumbrado público, cuando es solo una facultad del gobierno federal.

En conferencia de prensa la diputada por la coalición Juntos Haremos Historia, refirió que el Derecho de Alumbrado Público (DAP) es un cobro que el ayuntamiento de Puebla tenía contemplado en el proyecto de ley de ingresos para el ejercicio fiscal 2021, mismo que asciende a casi 140 millones de pesos en recaudación.

Merino Escamilla, explicó que la Ley de Ingresos del Municipio Puebla fue recibida, analizada y dictaminada por la Comisión General de Hacienda y Crédito Público del Congreso del Estado y descubrieron la intensión de la actual administración capitalina para cobrar el servicio de alumbrado público.

“Después de un análisis, la comisión tomó la decisión colegiada de eliminar dicho derecho de la Ley, en acatamiento a la resolución que estableció la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre las leyes de ingresos de 2020 en diversos municipios, en los cuales establece de manera contundente que su cobro es competencia exclusiva de la federación, ya que su regulación es obligación del Congreso de la Unión”, apuntó.

La diputada del grupo legislativo de Encuentro Social, mencionó que ésta no fue la única Ley de Ingresos Municipal que tuvo que ser ajustada por el Congreso de Puebla, ya que otros municipios presentaron el mismo concepto.

“En el caso particular del concepto del cual la presidenta municipal se adolece, no cumplía con los estándares legales mínimos para su procedencia, es más, el mismo obraba en abierto desacato a lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación”,

Nora Merino, invitó al equipo técnico y jurídico de la presidenta municipal, a que “revise al menos la acción de Inconstitucionalidad 87/2020, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en donde se establece la presente prohibición a proceder al cobro exigido en los recientes comentarios”. Siendo ésta la resolución idónea para comprender los legítimos motivos que esta soberanía tuvo para detener esta ilegalidad en beneficio de la ciudadanía.

Comparte:

Por Roberto Castillo

Beto Castillo, viajero y siempre scout.

Verificado por MonsterInsights