La diputada Delfina Pozos Vergara presentó una iniciativa para adicionar diversas disposiciones a la Ley de Seguridad Pública del Estado, con la finalidad de reconocer como un deber institucional el honrar, proteger y apoyar a las y los integrantes de las instituciones policiales que, en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, realicen actos extraordinarios de heroísmo en defensa de la vida, la integridad, el patrimonio o la seguridad de las personas.
En ese sentido, la diputada propone que se reconozca el heroísmo en el servicio público, a través de la protección y apoyo a quienes, derivado del cumplimiento del deber, pierdan la vida o sufran lesiones permanentes incapacitantes como consecuencia de actos heroicos.
La propuesta para adicionar el artículo 58 Bis a la Ley de Seguridad Pública del Estado de Puebla indica que se entenderá por acto heroico de servicio público la conducta realizada por integrantes de las instituciones policiales que, en cumplimiento de su deber afronte un riesgo extraordinario para su propia vida o integridad; además que proteja la vida, la integridad física, la libertad o el patrimonio de terceros.
Asimismo, se considerará como acto heroico el que se realice con apego a la legalidad y a los protocolos institucionales, salvo aquellos supuestos en que la urgencia haga imposible su observancia estricta; y que produzca como consecuencia directa el fallecimiento o lesiones permanentes incapacitantes de la persona servidora pública.
La declaratoria de acto heroico será emitida mediante resolución fundada y motivada por la Comisión Estatal de Reconocimiento al Heroísmo en las Instituciones de Seguridad Pública; además, tendrá como beneficios el reconocimiento económico extraordinario, equivalente a cinco mil Unidades de Medida y Actualización.
De igual forma, acceso a becas estatales para cursar estudios en instituciones públicas, desde el nivel básico hasta licenciatura; atención psicológica integral para la familia; acceso preferente a programas de vivienda conforme a la disponibilidad presupuestaria y a la normatividad aplicable; cobertura complementaria de gastos funerarios; reconocimiento público mediante la entrega de una “Medalla Estatal al Heroísmo en las Instituciones de Seguridad Pública”, y la inscripción en el Registro Estatal de integrantes de Instituciones Policiales Caídos en Actos Heroicos.
