Los empleadores que no cumplan con el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) en los plazos establecidos podrían ser sancionados con multas que van de 20 mil a 250 mil pesos por cada trabajador, advirtió Darío Zamorano Mendoza.

El especialista explicó que este derecho laboral, de carácter constitucional, establece que los trabajadores deben recibir el 10% de las utilidades generadas por las empresas o personas físicas con empleados, conforme a lo declarado en el ejercicio fiscal anual.

De acuerdo con los plazos vigentes, las personas morales —empresas— tienen como fecha límite el 30 de mayo para realizar el reparto correspondiente, mientras que las personas físicas con trabajadores a su cargo cuentan hasta el 29 de junio.

Zamorano Mendoza precisó que este beneficio aplica únicamente para aquellos empleados que hayan laborado más de 60 días durante el año fiscal correspondiente, en este caso, el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025. Asimismo, aclaró que las organizaciones sin fines de lucro están exentas de esta obligación, ya que no generan utilidades fiscales.

En materia fiscal, indicó que los trabajadores están exentos del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por los primeros mil 750 pesos recibidos por concepto de PTU; cualquier monto superior deberá pagar el gravamen correspondiente. En contraste, este ingreso está completamente exento de cuotas ante el IMSS y el Infonavit.

El presidente del Colegio de Contadores también subrayó que los trabajadores cuentan con un plazo de hasta un año para reclamar el pago de utilidades en caso de no haberlo recibido, mientras que los empleadores están obligados a cumplir en tiempo y forma.

Para garantizar transparencia en el proceso, detalló que las empresas deben conformar comisiones mixtas integradas por representantes de los trabajadores y del patrón, las cuales se encargan de verificar el correcto cálculo y distribución de la PTU.

Finalmente, explicó que el reparto tiene un límite: no puede exceder el equivalente a tres meses de salario del trabajador o el promedio de utilidades recibidas en los últimos tres años, aplicándose el monto que resulte más favorable. La distribución se realiza en dos partes: una en función de los días trabajados y otra con base en el salario percibido.

Ante este panorama, el especialista exhortó tanto a empleadores como a trabajadores a informarse y participar activamente en el proceso, a fin de asegurar el cumplimiento de este derecho laboral.